El IRAV sustituye al IPC para la vivienda habitual
Durante décadas el alquiler se actualizaba con el IPC, que en años de inflación alta disparaba las rentas. La Ley 12/2023 cambió las reglas: tras los topes transitorios del 2 % (2023) y 3 % (2024), desde 2025 entró en vigor un índice propio, el IRAV (Índice de Referencia de Arrendamientos de Vivienda), que publica el INE cada mes.
El IRAV está diseñado para ser más estable y moderado que el IPC: toma como referencia la inflación pero con un límite, de modo que las subidas quedan contenidas (en 2026 ronda el 2,4-2,5 %). Se aplica a los contratos de vivienda habitual firmados a partir del 25 de mayo de 2023. Para los contratos anteriores se sigue usando el índice pactado (normalmente el IPC), y para locales y alquileres que no son de vivienda habitual no hay tope: rige lo que diga el contrato.