Declaración de la Renta 2025-2026: Guía paso a paso
Todo lo que necesitas saber para presentar tu declaración del IRPF correspondiente al ejercicio 2025, que se presenta entre abril y junio de 2026. Plazos, cómo revisar el borrador, deducciones que no debes olvidar y errores que te pueden costar dinero.
1. ¿Quién está obligado a declarar?
No todos están obligados. Los límites principales para el ejercicio 2025 son:
| Tipo de rendimiento | Límite | Condición |
|---|---|---|
| Trabajo (1 pagador) | 22.000 € | No obligado si no supera |
| Trabajo (2+ pagadores) | 15.876 € | Si el 2º pagador supera 1.500 € |
| Capital mobiliario + ganancias | 1.600 € | Sujeto a retención |
| Rentas inmobiliarias imputadas | 1.000 € | En conjunto con letras del Tesoro y subvenciones |
Aunque no estés obligado, puede interesarte declarar si te han practicado retenciones. Es posible que la declaración te salga a devolver. Es especialmente habitual si empezaste a trabajar a mitad de año, tuviste un contrato temporal o tu salario es bajo.
2. Plazos y calendario 2026
Fechas orientativas basadas en campañas anteriores (las fechas exactas se confirman cada año mediante orden ministerial):
Consejo: No confirmes el borrador el primer día. Espera 1-2 semanas para que todas las entidades hayan comunicado tus datos a la AEAT. Los primeros días pueden faltar datos de bancos, seguros o empresas.
3. Cómo revisar el borrador
El borrador que genera Hacienda es un punto de partida, no el resultado final. Puede contener errores o faltar datos que te beneficien. Revisa estos puntos:
Datos personales y familiares
Verifica tu estado civil, hijos a cargo (fecha de nacimiento), ascendientes, grado de discapacidad. Un hijo que nació en 2025 puede no estar reflejado.
Rendimientos del trabajo
Comprueba que coincide con tus certificados de empresa. Si cambiaste de trabajo, verifica que aparecen ambos pagadores con los importes correctos.
Inmuebles
Si tienes viviendas vacías (no habitual ni alquilada), Hacienda imputa una renta del 1,1-2 % del valor catastral. Si la alquilas, verifica ingresos y gastos deducibles. El alquiler como vivienda habitual permite una reducción del 60 % del rendimiento neto.
Deducciones
El borrador NO incluye automáticamente muchas deducciones autonómicas, gastos de alquiler, aportaciones a sindicatos/partidos, cuotas colegiales, etc. Debes añadirlas manualmente.
4. Deducciones que no debes olvidar
| Deducción | Requisito | Ahorro estimado |
|---|---|---|
| Maternidad | Mujer trabajadora con hijo < 3 años | Hasta 1.200 €/año |
| Familia numerosa | Título oficial de familia numerosa | 1.200-2.400 €/año |
| Plan de pensiones | Aportaciones al plan | Hasta 1.500 € × tipo marginal |
| Vivienda habitual (pre-2013) | Comprada antes del 1/1/2013 | Hasta 1.356 €/año |
| Donativos | A entidades sin ánimo de lucro | 80 % (primeros 250 €) + 40 % |
| Cuotas sindicales | Afiliación a sindicatos | Reduce base imponible |
| Gastos jurídicos laborales | Abogado por despido, reclamaciones | Hasta 300 €/año |
5. Deducciones autonómicas destacadas
Cada comunidad autónoma tiene sus propias deducciones. Estas son algunas de las más relevantes (varían según legislación vigente en cada CC.AA.):
🏠 Alquiler de vivienda habitual
Disponible en Madrid, Cataluña, Andalucía, Valencia, Aragón y otras, con límites de renta y porcentajes variables. Especialmente generosa para menores de 35 años en algunas comunidades.
👶 Nacimiento o adopción
Deducciones adicionales a las estatales por nacimiento/adopción en la mayoría de comunidades. Cantidades de 100 a 900 € según la comunidad y el número de hijo.
📚 Gastos educativos
Madrid deduce guardería, uniforme, enseñanza de idiomas y material escolar. Otras comunidades tienen deducciones similares con diferentes límites.
🔋 Eficiencia energética
Deducciones por obras de mejora de eficiencia energética en vivienda: instalación de paneles solares, aislamiento térmico, etc. Hasta un 60 % de las obras con límite de 15.000 €.
Importante: Consulta las deducciones específicas de tu comunidad autónoma en la web de tu gobierno regional o en la propia aplicación Renta Web de la AEAT.
6. Errores frecuentes que cuestan dinero
7. Individual vs. conjunta
Conjunta puede interesar cuando:
- • Uno de los cónyuges no trabaja o gana muy poco
- • Familia monoparental (reducción de 2.150 €)
- • Matrimonio (reducción de 3.400 €)
- • Las rentas de ambos son bajas y los tramos no suben mucho
Individual suele ser mejor cuando:
- • Ambos cónyuges trabajan y ganan importes similares
- • Sumarían rentas y entrarían en tramos más altos
- • Cada uno tiene sus propias deducciones
- • Es el caso más habitual en parejas con dos sueldos
Consejo: En Renta Web puedes simular ambas opciones y elegir la más favorable. El programa te muestra el resultado de cada una. No hay penalización por elegir una u otra, es una decisión anual.
8. Fuentes oficiales
- AEAT — Sede electrónica — Renta — Acceso a Renta Web, borrador y datos fiscales.
- AEAT — Campaña de Renta — Plazos y novedades — Información oficial de la campaña del ejercicio.
- BOE — Ley 35/2006 del IRPF — Texto consolidado de la Ley del Impuesto.
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Calcula tu IRPF con los tramos actualizados, deducciones y retenciones para saber si te sale a pagar o a devolver.
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