Finiquito vs indemnización por despido en 2026
Cuando termina una relación laboral, se confunden a menudo dos conceptos que no son lo mismo: el finiquito y la indemnización. Saber qué te corresponde de cada uno —y cómo tributa— es clave para no llevarte sorpresas. Te lo explicamos con claridad.
1. La diferencia esencial
- Finiquito: es la liquidación de lo que la empresa te debe al terminar el contrato. Se cobra siempre, sea cual sea el motivo de la salida (despido, baja voluntaria, fin de contrato).
- Indemnización: es una compensación adicional que solo corresponde en determinados tipos de despido. No se cobra, por ejemplo, si te vas voluntariamente.
Dicho de otro modo: el finiquito siempre lo cobras; la indemnización, solo si el despido da derecho a ella.
2. Qué incluye el finiquito
El finiquito recoge las cantidades pendientes hasta el último día trabajado:
- Los días de salario del mes en curso que aún no se hayan cobrado.
- La parte proporcional de las pagas extraordinarias no prorrateadas.
- Las vacaciones generadas y no disfrutadas.
- Otros conceptos pendientes (comisiones, pluses, horas, etc.).
Antes de firmar el finiquito, revísalo con calma. Firmar 'no conforme' o pedir asesoramiento te permite reclamar después si algo no cuadra.
3. La indemnización según el tipo de despido
La cuantía depende de la causa del despido y de tu antigüedad:
| Tipo de despido | Indemnización |
|---|---|
| Improcedente | 33 días de salario por año (máx. 24 mensualidades) |
| Objetivo / colectivo procedente | 20 días por año (máx. 12 mensualidades) |
| Disciplinario procedente | Sin indemnización |
| Fin de contrato temporal | 12 días por año (según el tipo) |
En despidos improcedentes, el periodo anterior a febrero de 2012 se calcula a 45 días/año. Cifras orientativas; consulta tu caso.
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4. Cómo tributan
- El finiquito tributa como rendimiento del trabajo (salario): se le aplica retención de IRPF.
- La indemnización por despido está exenta de IRPF hasta 180.000 €, dentro de los límites legales que dan derecho a ella. El exceso sobre esa cifra sí tributa.
Esta exención es importante: gran parte de las indemnizaciones quedan libres de impuestos, a diferencia del finiquito, que tributa íntegro.
5. Ejemplo de cálculo del finiquito
Supón que dejas la empresa el 20 de un mes, con un salario de 1.500 € brutos mensuales (más dos pagas extra) y 10 días de vacaciones no disfrutadas. El finiquito sumaría, a grandes rasgos:
| Concepto | Cálculo orientativo |
|---|---|
| Salario de los días trabajados | 20 días del mes en curso |
| Parte proporcional de pagas extra | Lo generado del periodo no cobrado |
| Vacaciones no disfrutadas | 10 días de salario |
Es una estimación simplificada. El cálculo exacto depende de tu convenio y de cómo estén prorrateadas tus pagas.
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6. Plazos para reclamar
Tienes 20 días hábiles desde el despido para impugnarlo si no estás de acuerdo (por ejemplo, si lo consideras improcedente). Es un plazo corto y de caducidad, así que conviene actuar con rapidez y, si hay dudas, consultar con un profesional.
Para reclamar cantidades del finiquito que consideres mal calculadas, el plazo general es más amplio (un año), pero cuanto antes lo revises, mejor. Firmar el documento como 'no conforme' te protege para una reclamación posterior.
7. Qué hacer si no te pagan el finiquito
Si la empresa no abona el finiquito o lo retrasa, tienes vías para reclamarlo. El impago de cantidades debidas no prescribe de inmediato, pero conviene actuar pronto:
- Reclama primero por escrito a la empresa, dejando constancia (burofax o similar).
- Si no hay respuesta, puedes presentar una papeleta de conciliación ante el servicio de mediación laboral.
- Como último paso, cabe la demanda judicial para reclamar las cantidades adeudadas.
Guarda nóminas, contrato y cualquier comunicación: son las pruebas que respaldan tu reclamación. Ante dudas, un abogado laboralista o el sindicato pueden orientarte.
8. Fuentes oficiales
- Estatuto de los Trabajadores (artículos sobre extinción del contrato e indemnizaciones).
- Agencia Tributaria — exención de las indemnizaciones por despido (sede.agenciatributaria.gob.es).
Preguntas frecuentes
¿Qué diferencia hay entre finiquito e indemnización?
El finiquito es la liquidación de lo que la empresa te debe (salario pendiente, vacaciones, pagas extra prorrateadas) y se cobra siempre. La indemnización es una compensación adicional que solo corresponde en determinados tipos de despido.
¿Cuántos días de indemnización corresponden por despido improcedente?
33 días de salario por año trabajado, con un máximo de 24 mensualidades. El periodo anterior a febrero de 2012 se calcula a 45 días por año. En el despido objetivo procedente son 20 días por año (máx. 12 mensualidades).
¿La indemnización por despido tributa en el IRPF?
Está exenta de IRPF hasta 180.000 €, dentro de los límites legales que dan derecho a ella; solo el exceso tributa. El finiquito, en cambio, tributa íntegro como rendimiento del trabajo, con su retención.
¿Debo firmar el finiquito que me dan?
Revísalo con calma antes de firmar. Puedes firmar 'no conforme' o pedir asesoramiento, lo que te permite reclamar después si las cantidades no son correctas.
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