Dos métodos: siempre elige el que menos pague
La gran novedad desde el Real Decreto-ley 26/2021 es que existen dos formas de calcular la base del impuesto y tú puedes quedarte con la que te resulte más barata. El método objetivo multiplica el valor catastral del SUELO (no el total) por un coeficiente que depende de los años que hayas tenido el inmueble. El método real toma la ganancia efectiva (precio de venta menos precio de compra) y le aplica el porcentaje que el suelo representa sobre el valor catastral total.
La clave: en operaciones con poca ganancia real pero alto valor catastral, suele ganar el método real; cuando la ganancia ha sido grande, a menudo compensa el objetivo. El ayuntamiento no siempre te ofrece el cálculo más favorable de oficio, así que conviene calcular los dos (como hace esta herramienta) y reclamar el que menos pague.