Factura de Autónomo 2026

Calculadora de Factura de Autónomo

Añade el IVA, resta la retención de IRPF y descubre el total a cobrar de tu factura. Con los tipos de IVA y de retención vigentes en 2026.

Actualizado: Junio 2026

¿Cómo funciona esta calculadora de factura?

Aplicamos sobre la base imponible el IVA que repercutes y la retención de IRPF que practica tu cliente, para obtener el total de la factura y el total a cobrar.

  • IVA sobre la base (21 %, 10 %, 4 % o 0 %)
  • Retención de IRPF sobre la base (15 %, 7 %, 1 % o 0 %)
  • Total factura = base + IVA; total a cobrar = base + IVA − retención
  • Distingue IVA (modelo 303) de retención (modelo 111)

Aviso importante

Los cálculos tienen carácter orientativo y no constituyen asesoramiento fiscal, financiero o legal. Para decisiones importantes, consulte a un profesional cualificado. La información presentada puede no reflejar su situación particular.

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La retención solo se aplica al facturar a empresas u otros autónomos.

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Consejos Profesionales

El IVA general es el 21 %; el de retención profesional, el 15 %

Los nuevos autónomos pueden aplicar el 7 % los primeros años

A particulares no se les aplica retención de IRPF

El IVA no es tuyo: lo ingresas a Hacienda cada trimestre

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La Factura del Autónomo 2026: IVA, IRPF y lo que de verdad cobras
Aprende a montar una factura correcta y a entender por qué el total que cobras no es ni el dinero de tu negocio ni todo tuyo.

IVA repercutido: lo cobras, pero no es tuyo

Cuando facturas, sumas el IVA correspondiente a tu actividad (normalmente el 21 %). Ese dinero entra en tu cuenta, pero no es un ingreso: lo has recaudado para Hacienda. Cada trimestre, en el modelo 303, ingresas el IVA repercutido menos el IVA soportado deducible (el de tus gastos de actividad).

El error clásico del autónomo novato es gastarse el IVA cobrado como si fuera beneficio y llevarse un susto en la liquidación trimestral. La recomendación práctica: ten una cuenta o una reserva mental para el IVA y no lo toques. Así, cuando llegue el trimestre, el pago a Hacienda no te descuadra la tesorería.

Retención de IRPF: un adelanto de tu renta

Si facturas a una empresa o a otro autónomo, debes aplicar una retención de IRPF que el cliente NO te paga a ti, sino que ingresa directamente en Hacienda a tu nombre (en su modelo 111). El tipo general para profesionales es el 15 %, pero los nuevos autónomos pueden aplicar el 7 % durante el año de alta y los dos siguientes.

Esa retención es, en realidad, un adelanto de tu IRPF: cuando hagas la declaración de la renta, todo lo que te han retenido se descuenta de lo que te toca pagar (o engorda tu devolución). Ojo: a los particulares y a los clientes extranjeros NO se les aplica retención, así que en esas facturas cobras la base más el IVA, sin restar nada.

El número que importa: el total a cobrar

La fórmula es sencilla pero conviene tenerla clara: Total a cobrar = Base imponible + IVA − Retención de IRPF. Tanto el IVA como la retención se calculan sobre la base (el importe sin impuestos), nunca sobre el total.

Un ejemplo: por una factura de 1.000 € de base al 21 % de IVA y con retención del 15 %, sumas 210 € de IVA y restas 150 € de retención, así que cobras 1.060 €. Pero recuerda: de esos 1.060 €, 210 € son IVA que ingresarás a Hacienda, así que el dinero que realmente queda para tu negocio es 850 € (la base menos lo que pagarás de IRPF). Tenerlo claro evita la sensación de 'ganar mucho y no ver el dinero'.

Factura siempre con los porcentajes correctos y separa mentalmente tres bolsillos: el IVA (de Hacienda), la retención (adelanto de tu IRPF) y tu beneficio real. Esa disciplina es la diferencia entre un autónomo con la tesorería sana y otro que vive al día sin saber por qué.

Fuentes oficiales consultadas

Datos fiscales y financieros actualizados a 2026. Última revisión: Diciembre 2025.

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